Comunicación de la familia de John Alexander y la sede colombiana en la 
Habana
[11-05-2012]
Dania Virgen García
Periodista Independiente
(www.miscelaneasdecuba.net).- La familia de John Alexander Serrano 
Rincón está muy preocupada por él ya que se desconoce su paradero y 
estado de salud.
Apreciados doctores,
Nos encontramos terriblemente preocupados por el estado de John. ¿Dónde 
está? En los listados que aparecen de los hospitales cubanos no hay uno 
solo que se llame Hospital Nacional.
No podemos creer, que ustedes que son autoridades legítimas, no tengan 
conocimiento sobre el lugar preciso dónde se encuentra John, y lo más 
increible, que no sepan cuál es su estado de salud, máxime cuando ¡hoy 
completa 72 días de hambre y sed!
Si a ustedes no les dan esta información, entonces qué es lo que vamos 
hacer con la VIDA E INTEGRIDAD DE JOHN? El día 7 de mayo de 2012, estuve 
en la oficina atención a connacionales, en compañía de mi cuñada Martha 
Stella Serrano Rincón, hermana de John. Allí le planteamos todas 
nuestras preocupaciones, sin embargo, el funcionario de la Cancillería 
Sr.Carlos Guillermo Díaz  dijo tranquilamente que ustedes "ya no podían 
hacer nada más". ¿Cómo es esto posible? No voy a negar que hubo una 
conversación bastante acalorada y tensionante, porque este señor se tomó 
varias atribuciones:
Nosotros sabemos muy bien, que dentro de las funciones del consulado 
está la asistencia a los connacionales, velando por el respeto y 
protección de sus derechos fundamentales y humanos, y el de brindar 
asesoría legal y asistencia social en los Consulados. Sin embargo, me 
dicen que no pueden hacer nada cuando:
1. Mi esposo tuvo que tomar esta dolorosa medida de protesta pacífica 
porque fue detenido, incomunicado, torturado y obligado a 
autoincriminarse como jefe de banda narcotraficante.
2. Mi esposo lo quieren llevar a un juicio sin conocer ni siquiera su 
expediente, el consulado NO lo conoce, No ha pedido copias, ni siquiera 
conoce, ni la indagatoria, él pidió un abogado de oficio y NO se lo han 
nombrado. En pocas palabras a mi esposo NO se le han llevado un debido 
proceso.
3. El Consulado y la Embajada, NO se han preocupado de solicitar cuáles 
son las supuestas pruebas de las que se valieron las autoridades que lo 
detuvieron, no hay una sola comunicación de la República de Cuba en la 
señale qué se le encontró algo, NADA absolutamente NADA, únicamente se 
encuentran notas verbales cruzadas entre entre ustedes y MinRex, que 
informan que él fue capturado. En este sentido tanto la Cancillería, el 
Consulado y la Embajada NO se han preocupado por solicitar dichas pruebas.
4. Sabemos muy bien, que ustedes han estado realizando visitas y 
presentando informes acerca, en cada una de sus visitas. La asistencia 
se ha limitado casi a un ACTO DE CARIDAD, a hacer puente entre 
comunicaciones escritas entre John y nosotros y solicitar que John fuera 
sacado de la celda de castigo, no podemos negar que esta acción fue 
loable, teniendo en cuenta que John se encontraba castigado (sin agua, 
luz, casi sin aire, durmiendo en el piso) y luego trasladado del 
hospital de la cárcel del Combinado (en una celda custodiada, en medio 
de enfermos de tuberculosis y sin recibir asistencia médica adecuada). 
Tuvimos conocimiento que el Cónsul Bellingrodt señaló en un informe que 
mi esposo se encontraba pesando 80 kilos!!! Santo Dios, no entiendo 
hasta ahora de dónde se sacó ese valor. Ni siquiera lo pesaron, por lo 
tanto es una información absurda, con poca seriedad y que jugó con 
nuestras emociones!!! Cuando en realidad, nos enteramos que por esos 
días John, ni siquiera podía caminar y que su peso llegaba a los 50 
Kilos!!! Esto fue realmente, irresponsable.
JOHN HA SIDO VÍCTIMA DE LA VIOLACIÓN DE LOS SIGUIENTES DERECHOS HUMANOS, 
que están contenidos en la Declaración de Humanos de la ONU, de la cual 
Cuba es país signatario; pues John fue sometido a torturas y tratos 
crueles e inhumanos (artículo 5º) tanto los primeros días de detención, 
como los primeros trece días de huelga de hambre (así lo pudo constar el 
propio Consulado en visita que realizó en la prisión). Fue hecho preso 
de manera arbitraria (artículo 9º) sin que conociera qué autoridad había 
ordenado su captura (pues aquí no hay flagrancia). No se le garantizó la 
presunción de inocencia (numeral 1, artículo 11) ya que de entrada las 
autoridades cubanas consideraron que era culpable por los señalamientos 
del guatemalteco y por el hecho de ser colombiano, por lo que lo 
forzaron a firmar una declaración falsa a cambio de no apresarme a mí 
cuando lo fuera a visitar.
Cuba también firmó el Pacto Internacional de Derechos Civiles y 
Políticos, aunque no ha sido de su interés ratificarlo. Allí también se 
prohíbe expresamente someter a una persona a torturas, tratos crueles, 
inhumanos o degradantes (artículo 7º); a no ser detenido sino de acuerdo 
a formalidades legales y con un debido proceso de detención (num. 1, 
art. 9º); a que el detenido o preso tenga derecho a ser informado, en el 
momento de su detención, de las razones de la misma, y notificada, sin 
demora, de la acusación formulada contra él (num. 2, art. 9º); a no ser 
vulnerado en su dignidad y libertad y a ser tratado: "humanamente y con 
el respeto debido a la dignidad inherente al ser humano" (num. 1, art. 10).
La Constitución Política de Cuba afirma que: "El detenido o preso es 
inviolable en su integridad personal" (inc. final, art. 58) y que: "No 
se ejercerá violencia ni coacción de clase alguna sobre las personas 
para forzarlas a declarar" (inc. 2, art. 59).
Hemos tenido paciencia, con todos los trámites, teniendo en cuenta el 
contexto socio-político de Cuba, hemos sido realmente respestuosos al 
comprender la demora con que ellos se lucen para contestar y acceder a 
las comunicaciones, pero, ya llegamos a un PUNTO MÁXIMO DE DESESPERO, 
PORQUE JOHN ESTÁ AGONIZANDO!!!
Ayer solicitamos que el Consulado y la Embajada golpearan puertas a la 
Ministra de Justicia, Dra. Holguín, al Presidente, porque no sabemos de 
John. Hoy completa 71 días de huelga, la última vez que hablamos 
telefónicamente me dijo que NO iba a renunciar, porque era inocente. El 
mencionado funcionario de connacionales, Sr.Díaz no sabe qué es lo que 
está hablando, y esto fue realmente ofensivo para nosotros.
Dijo que John no era un preso político, y que estaba bajo el cargo de 
narcotráfico, que esto era un delito internacional, y que prácticamente 
por esto no se podía hacer nada, frente a la huelga. Discúlpemen, ¿Quién 
dice que una persona que esté en huelga de hambre y sed por una falsa 
acusación, merezca menos respeto que alguien que la hace por razones 
políticas?
Que NO había expediente, porque John estaba en huelga y que por esto no 
lo podían ayudar. De nuevo hay un desconocimiento total: Un expediente 
inicia desde el momento en que la persona es detenida.
Entonces le dije: ¿Conoce el consulado y la embajada por lo menos su 
interrogatorio? Respondió que ustedes no sabían nada.
Pedimos que ustedes golpeen puertas a la Ministra Holguín, al 
Presidente, que se ponga esto en conocimiento de los organismos 
internacionales defensores de Derechos Humanos, porque John puede 
fallecer en cualquier momento y esto se volvería un problema 
internacional tremendo. Ahora mismo estamos con los medios de 
comunicación quienes están muy pendientes de la injusticia que se está 
cometiendo contra John, pero es una pena que no encontremos una 
respuesta seria del paradero y del estado de salud de John por parte de 
ustedes.
La última vez que me comuniqué con él ya pasaron 24 días y nadie sabe 
nada de él. Solicito comunicación URGENTE.  LOS RESPONSABILIZAMOS ANTE 
LA OPINIÓN PÚBLICA A USTEDES DE LA VIDA E INTEGRIDAD DE JOHN, TENIENDO 
EN CUENTA QUE USTEDES SON LOS REPRESENTANTES DE NUESTRO PAÍS EN CUBA.
Respuesta de la Embajada,
Respetada señora.
Mediante Nota verbal No. CG 57, el Consulado General de la República 
Colombia   se dirigió,  atentamente al Honorable Ministerio de 
Relaciones Exteriores de la República de Cuba, con ocasión  de 
solicitar en forma respetuosa, autorización para visitar al ciudadano 
colombiano JOHN ALEXANDER SERRANO RINCÓN, recluido  en el Centro 
Penitenciario Combinado del Este, el día 2 de mayo  de 2012 a las 2:00 
p.m.; con el fin de dialogar con él y verificar su estado de salud.
Al respecto,  el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de 
Cuba, informó telefónicamente,  el  lunes 30 de  abril y posteriormente 
  mediante Nota Verbal RS 9211 de fecha  02 de mayo de  2012,  que las 
autoridades competentes, comunicaron que el ciudadano colombiano fue 
trasladado  para  la Sala del Penado  del Hospital Nacional ubicado en 
la Habana, Cuba y que tan pronto sea aprobada la visita consular, será 
comunicado a este consulado. Situación que de inmediato se puso en 
conocimiento de la Coordinación de Asistencia a Connacionales de la 
Cancillería, en Colombia.
El Señor Cónsul General Helmut Bellingrodt,  teléfónicamente, ha tratado 
infructuosamente, que le suministren  información sobre el estado de 
salud del señor Serrano,  y al respecto le han respondido que esta podrá 
ser suministrada solamente a través del Ministerio de Relaciones 
Exteriores de la República de Cuba;  lo cual fue  informado a la 
Coordinación de Asistencia a Connacionales de la Cancillería, en 
Colombia, por el señor  Cónsul  General, el pasado viernes  4 de abril.
Estaremos insistiendo para que nos autoricen;  con carácter urgente, 
dicha visita con el fin de conocer el  estado de salud del señor Serrano.
Cordialmente,
Clara Inés Ruge Rojas
Cónsul de Primera Clase
Consulado General de Colombia en Cuba
clara.ruge@cancilleria.gov.co
Telefs: 53(7)2041246/47 Fax 53(7)2041249
Calle 13 No. 515 entre 5ta y 7ma Avenidas, Playa,
La Habana, Cuba
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